NASCHEL: RECHAZARON EL CAMBIO DE CALIFICACIÓN LEGAL Y LA EXCARCELACIÓN DE DOS IMPUTADOS POR TENTATIVA DE HOMICIDIO
El juez de Garantía N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, Jorge Osvaldo Pinto, rechazó los planteos formulados por la defensa de J.H.D. y T.V.E., imputados por un hecho ocurrido el pasado 19 de julio en Naschel. La defensa había solicitado modificar la calificación legal y la excarcelación de ambos.
La causa se inició en una vivienda del barrio San Antonio de Naschel. Según relató el fiscal de Instrucción N° 2, Marcelo Saldaño, durante la formulación de cargos, alrededor de las 6 de la mañana un grupo llegó en automóvil al domicilio donde estaban las víctimas y comenzó a amenazarlas, lo que derivó en una agresión física.
J.H.D. habría golpeado primero a una mujer y luego a un hombre, que cayó inconsciente. Después, T.V.E. habría bajado del vehículo y propinado una patada en la cabeza al hombre, que permanecía tendido en el suelo e indefenso. El damnificado fue trasladado al hospital de Naschel y luego derivado al Hospital Central «Ramón Carrillo».
En la audiencia del 22 de julio, el juez Pinto tuvo por formulados los cargos: para J.H.D., homicidio simple en grado de tentativa en concurso real con lesiones leves; para T.V.E., homicidio simple en grado de tentativa. Además, dispuso 120 días para la investigación penal preparatoria y ordenó la prisión preventiva de ambos por 60 días.
El pedido de cambio de calificación
En la audiencia del viernes 7 de agosto, la defensa —a cargo de los abogados Dante Brogliere y Diego Velázquez— pidió recalificar los hechos como lesiones graves o, alternativamente, lesiones en riña, y planteó que sus asistidos habrían actuado en legítima defensa. El MPF sostuvo la calificación original y la querella, representada por Esteban Bustos Bridarolli, adhirió a esa postura. El juez rechazó el pedido de la defensa.
También rechazaron las excarcelaciones
La defensa solicitó luego la excarcelación de ambos. Sobre T.V.E. argumentó que tiene 18 años, vive con sus padres, no posee antecedentes y ofreció fianza personal, de su madre y un vehículo como caución real. Sobre J.H.D. mencionó su arraigo en Naschel y la falta de antecedentes penales.
La Fiscalía y la querella se opusieron, señalando que subsisten los riesgos procesales: la pena en abstracto, la solidez de las pruebas, el riesgo de fuga y la necesidad de preservar testigos y evidencia. El juez Pinto rechazó ambos pedidos de excarcelación, por lo que J.H.D. y T.V.E. continúan en prisión preventiva.
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